Resolución 129 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

Resolución 129 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Asunto Reclamación del Líbano - Reclamación de Jordania
Fecha 7 de agosto de 1958
Sesión núm. 838
Texto en español S/RES/129(1958)
Votación A favor: 11
En contra: 0
Abstenciones: 0
Ausentes:
Resultado Aprobada por unanimidad
Miembros del Consejo en 1958
Permanentes
 China Bandera de Francia Francia Bandera del Reino Unido Reino Unido
Bandera de Estados Unidos Estados Unidos Bandera de la Unión Soviética Unión Soviética
No permanentes
Bandera de Canadá Canadá Bandera de Colombia Colombia Bandera de Irak Irak
Bandera de Japón Japón Bandera de Panamá Panamá Bandera de Suecia Suecia
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La resolución 129 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, aprobada por unanimidad el 7 de agosto de 1958, llamó a un período de sesiones de emergencia de la Asamblea General después de tomar en cuenta que la falta de unanimidad de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad en las sesiones previas impedían que el Consejo mantuviese la paz y la seguridad internacional.

Véase también

  • Anexo:Resoluciones 101 a 200 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (1953 – 1965)

Enlaces externos

  • Texto de la resolución en un.org
  • Wikisource contiene obras originales de o sobre Resolución 129 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Control de autoridades
  • Proyectos Wikimedia
  • Wd Datos: Q2683971
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